¿Es necesario enviar mi extracto bancario a una gestora?

Una amiga me esta haciendo la gestión de los papeles de hacienda, me dedico a YouTube pero no se si enseñarle mi extracto bancario porque está pasando por un mal momento y me da vergüenza enseñarle lo que gano ¿Hay otra manera? Estoy muy perdido.

Respuesta
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Cuando le solicita esta documentación es porque es necesaria... para la contabilidad y confección de los impuestos.

Aunque si tiene otro tipo de documentación, como facturas emitidas y recibidas, así como justificantes de gastos como autónomos, etc., puede que no lo necesite.

Pues si tiene la documentación pero soy Youtuber, pago iva intracomunitario y no gasto mucho la verdad pero si he ganado 1000 euros tengo que pagar 200 a Hacienda, ya pago la cuota de la Seguridad Social pero es la primera vez que me hago autónomo y nadie de mi entorno sabe. Cuando me responda le valoraré con excelente, no lo dude, gracias por anticipado. 

Le recomendamos se ponga en manos de un profesional que le ayude y estudie su caso concreto. Evitara sanciones, por no presentar correctamente u olvidarse de presentar algún modelo.

Usted ha de emitir facturas (intracomunitarias o las que sean) y guardar las facturas de gastos, los recibos de autónomo, seguros, etc. que sean deducibles en su actividad. Si tiene todos estos documentos, no hace falta que le entregue los movimientos del banco a la persona que le ayude, pues usted no esta obligado a llevar una contabilidad completa, conforme al código de comercio, solo libros de facturas emitidas, recibidas y suplidos.

Hay dos impuestos a liquidar al realizar una actividad económica, el IVA y el IRPF.

Si emite facturas intracomunitarias, tendrá además que presentar declaración del modelo 349.

Usted podrá deducir los gastos del IVA soportado y en el 4T solicitar la devolución, pues sus emitidas no tienen IVA.

El IRPF, al no emitir facturas con retención, ha de presentar modelo 130 trimestral y regularizar todo en la Renta (modelo 100), y dependerá de los ingresos y gastos que tenga el importe a pagar... como pago a cuenta cada trimestre. Y este pago a cuenta se tiene en cuenta para la Renta.

La Seguridad Social (Autónomas) es una cosa y los impuestos otra.

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