Tributación indemnización por incumplimiento de arras

El año pasado me devolvieron el doble de la señal entregada como reserva en la compra de una vivienda, al echarse atrás el vendedor.

¿Mi pregunta es si hay que tratarla como ganancia patrimonial en la RENTA de este año? ¿Si ese dinero lo invertí para la compra de otra vivienda sería desgravable?

1 respuesta

Respuesta

Ese dinero se entiende que es una ganancia patrimonial y no es deducibles por razón de destino al que lo dedicó.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas