Puedo renovar segunda tarjeta de residencia y trabajo por cuenta ajena

Llevo 3 años en España y he cotizado 14 meses a la seguridad social .Actualmente tengo un contrato de trabajo ¿Puedo renovar la 2da tarjeta de residencia o tendré algún problema?

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Estimada Lilian:

Podrá renovar su tarjeta si cumple con uno de los siguientes requisitos:

  • Que continúa con la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización.

    Para acreditarlo podrá presentar cualquiera de estos documentos: copia del contrato, certificado de la empresa, informe de la vida laboral…

  • Que ha realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un contrato de trabajo con el que figure en alta o asimilado al alta en el momento de solicitar la renovación.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato de trabajo.

  • Que ha realizado actividad laboral durante al menos tres meses por año, tiene contrato en vigor, y acredite que la relación que dio lugar a la autorización no se interrumpió por su causa, y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato, y documentación acreditativa de que la autorización no se interrumpió por su causa y que buscó activamente empleo.

  • Que le ha sido otorgada una prestación contributiva por desempleo.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación contributiva.

  • Que es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación económica asistencial.

  • Que ha estado trabajando y en alta en seguridad social un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, si la relación laboral no se interrumpió por su causa y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar informe de la vida laboral.

  • Que su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, cumple con los requisitos económicos para reagruparle.

    Para acreditarlo deberá aportar certificado de matrimonio o del vínculo de pareja y documentación que acredite los ingresos económicos.

Si necesita que evaluemos su caso de manera personalizada, puede enviarnos su consulta a nuestra web: https://lareailg.com/consulta-web-gratuita/

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