Separación de bienes después de casados

Pareja casada en 2016 en gananciales, él (yo) funcionario y ella autónoma veterinaria, sin propiedades en comun, solo un hijo. Ella tiene parte de una casa pero de herencia. Y por motivos obvios, al ser autónoma y veterinaria (ella tiene un consultorio veterinario), si van contra de ella por cualquier motivo, yo tendría que responder con mi nómina. Queremos hacer separación de bienes a partir de una fecha en concreto. La pregunta, se puede hacer sin tomar en cuenta las cosas de atrás, y qué pasa con la renta, se puede seguir haciendo individual o conjunta indistintamente, o al haber separación de bienes tiene que ser individual obligatoriamente. Y también, si se puede revertir cuando ella deje la situación de veterinaria autónoma con consultorio propio. Y forma de hacerlo, que es lo más importante.

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Deben acudir a un notario para hacer capítulos de extinción de la sociedad de gananciales y separación de bienes. Eso no afecta a la declaración de IRPF, lo que si puede tener es un costo relativamente importante, consulte en la notaría

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