Obligar a la venta de vivienda

Una pareja con hijos, compro un piso, a los 5 años de la compra muere el marido y la mujer se hace cargo de la hipoteca y de todos los gastos que genera la vivienda incluso el seguro de hogar.

Este piso está alquilado para con el importe del alquiler poder sufragarparte de todos los gastos.

Ahora que los hijos son mayores de edad están exigiendo la venta del piso.

Preguntas:

- ¿Se le puede obligar a la madre a que venda ese piso ahora que los hijos son mayores de edad?.

- Se supone que la parte de los hijos es la parte proporcional del padre de esos 5 años que disfrutó de ese piso y de la madre la mitad del piso más una parte del marido .

Si se vende ese piso, ¿la madre puede descontar a los hijos, la parte proporcional de todos los gastos e hipoteca que les corresponde, desde el fallecimiento de su padre o desde la mayoría de edad de ellos?..

Respuesta
1

Lo determinante es la clase de relación legal que tenía la "pareja": si era un matrimonio en bienes gananciales, la sociedad se disolvió con la muerte del marido y el valor de la herencia de los hijos (pues la venta, como acto voluntario, no puede ser obligada por nadie) es lo que valía el 50% del piso el día de la muerte del padre, gravado con un usufructo viudal. Si de lo que está hablando es de que esa pareja no estaba casada o era en separación de bienes, el padre sigue siendo el propietario del 50% y la mujer puede cobrarse en cuota de propiedad o en dinero todo lo que ha puesto, y descontarlo de una eventual venta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas