Venden la casa donde vivo, que derechos tengo ?

Tengo una duda y espero que alguien pueda ofrecerme algo de claridad al respecto. Agradezco de antemano la atención y la información.
Alquilé una vivienda hace cuatro años. El contrato se fue actualizando por diversos motivos. El último cambio fue realizado en Diciembre de 2017 motivado por la intención del propietario de vender la vivienda. Llegamos al acuerdo (descrito en el contrato)de que yo permitiría que se enseñase la casa para que pudiese venderla a cambio de permitirme seguir habitándola tres meses sin abonar renta alguna en caso de venta. (Y ya de paso me coló una subida de 50€/mes de regalo por las molestias😒).
El caso es que ahora a tres meses de finalizar el contrato no quiere renovarlo porque si no vende la casa es consciente de que puede alquilarla por unos 200/300 euros más al mes y no puedo asumirlo. Yo pensé que el contrato se renovaría bajo las mismas condiciones y mi intención era quedarme hasta Septiembre de 2018 cuando podré tener acceso a la que será mi propia vivienda. Por tanto me veo teniendo que meterme en casa de algún familiar con todas mis cosas y mis animales hasta Septiembre del próximo año.
Alguien sabría decirme si está legalmente autorizado a no renovar el contrato cuando en él queda descrita su intención de venderla y no por necesidad suya de habitarla o de un familiar? ¿Puede subirme el alquiler al precio que él desea al cumplir el primer año de la última renovación? ¿Cabría alguna posibilidad de continuar durante el año próximo a pesar de su deseo de no renovar?

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Puede usted quedarse legalmente hasta 2021, con el contrato que tiene, sus enseres y sus animales. Solo podrán echarle si deja de pagar la renta. La subida de la renta se hará de conformidad con lo pactado en el contrato: si se pone una cantidad fija, como su adaptación al IPC u otro mecanismo de subida. Si en el contrato no se ha pactado nada, la renta se queda como está y no se la puede subir. La renovación no es algo que pueda hacer el propieario cuando concluya el contrato sin el permiso de usted. En el caso de haber acuerdo, se hace un nuevo contrato. Si no hay acuerdo, permanece el que había hasta ese momento. Que tenga cuidad el propietario, además, en demandarle, si están circulando varios contratos por ahí, porque el cómputo de los 3 años arranca desde el último firmado. Quédese tan tranquilo y procure no dejarse enredar por ese casero.

Te agradezco mucho la respuesta, me deja más tranquilo. Leyendo el contrato me. Surgen dos dudas:

1- Una clausula dice: una vez t.. ranscurrido el plazo de duración y, en su caso, de las prorrogas que establece la ley de arrendamientos urbanos el arrendatario deberá dejar a disposición del arrendador el bien cuyo uso se cede, y ello sin necesidad de ningún requerimiento del propietario dirigido a la arrendataria.

¿Con este párrafo podría echarme al finalizar el contrato, o en caso de venta?

2- Respecto a la revisión de precios, pone que se hará anualmente elevándola o disminuyéndola en igual proporción y porcentaje en el que se haya alterado el ipc, conjunto nacional, según certificación que expida el instituto nacional de estadística u órgano que lo sustituya

En base a eso, ¿puede subirlo mucho ya que la zona es más cara?

Todo el mundo debe abandonar la casa cuando finalice su contrato, a no ser que haya otro. En su caso, cuando terminen todas las prórrogas. Para saber cuál es la variación correspondiente al IPC de la vivienda, entre en la página del INE y hay una solapa que usted rellena y le dice cuánto le pueden subir la renta, independientemente del barrio en el que viva, porque es un índice nacional. El contrato que tiene usted es el típico de formulario, por lo que no tendrá sorpresas.

Te bloqueo, Víctor. Mis respuestas no son "buenas", sino "excelentes".

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