IPC en alquiler de local de negocio

Quería preguntarles si es obligatorio para el arrendatario (inquilino) el pago de la subida del IPC aunque esto no se mencione en el contrato.

Voy a alquilar un local de negocio y hemos acordado una subida del 5% anual de la renta para compensar una rebaja que me han hecho inicialmente en la misma. Hemos acordado que no me subirán el IPC, sino solo este 5%, y les he pedido que especifiquen en el contrato que ellos renuncian al IPC y me dicen que no es necesario, que si no aparece es suficiente para no poderse pedir. Mi pregunta es ¿me lo podrían reclamar al finalizar el contrato o en cualquier momento?.

2 respuestas

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Lo mejor es que en el contrato figure expresamente que renuncian al IPC porque después te lo podrían reclamar si lo entienden como implícito. CUALQUIER cosa que acuerdes, sobre todo si es favorable, que esté por escrito, no te compliques.

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Los contratos de arrendamiento de local de negocio, se rigen por las estipulaciones marcas en el mismo. Por lo tanto, si usted ya tiene pactada una subida que no esta asociada al IPC, no se le ha de subir este... pero en cualquier caso, usted puede indicar mas claramente esta circunstancia en el contrato.

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