Donde debo entregar los partes de baja una vez rescindido el contrato

El día 15 me termina contrato y ya me han comunicado que no renuevo por estar en IT por enfermedad común ( problemas de espalda), no tengo paro acumulado y me queda claro que eso no es problema. Pero a partir del día 16 a quien debo entregar los partes, ¿a la mutua que me lleva (me llamaron ellos desde la empresa) o a inss?

3 Respuestas

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Yo no soy experta, pero creo que aunque no tengas paro como sigues de baja por la mutua los partes tienes que llevárselos a ellos, yo estoy de baja y también se me ha terminado el contrato y se lo tengo que llevar a ellos.

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Efectivamente, los partes se los tienes que llevar a la mutua mientras sigas de baja. Si quieres que te informen mejor del tema contacta con un abogado. Yo lo hice en un portal que se llama Cumboki, y con una llamada me aclararon mis dudas.

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Tienes que llevarlos a tu mutua que es quien ahora te estará pagando.

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