Puedo alquilar una marca comercial cobrando una pensión contributiva?
Soy un jubilado con pensión contributiva y poseo una marca comercial en propiedad. He recibido una petición de una empresa para alquilar dicha marca con un pago porcentual en función de las ventas.
¿Puedo cobrar este alquiler sin que me afecte al cobro de la pensión?.
Si es así, ¿Debo justificar este cobro con algún tipo de factura para después poderlo declarar en mi declaración de Renta o basta declararlo?.
¿Tengo qué actuar como si declarara un alquiler de un piso de propiedad?
En caso de poder hacerlo, ¿Debería aplicar deducción del IRPF y cargo del IVA y como abonaría el IVA?