Exención IRPF por venta de vivienda habitual

Mi madre tiene la intención de habitar un piso que ella heredó por donación de mi abuela hace ya más de 20 años y que esta condición se mantenga al menos 3 años ya que leí que para que sea considerada vivienda habitual tiene que pasar como mínimo ese tiempo; así a la hora de proceder a una venta estaría exento el IRPF, sin embargo pone también esta condición para que sea considerada vivienda habitual: "Que el contribuyente la habite, de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses a contar desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.", ¿esto quiere decir que nunca podría beneficiarse de la exención por venta de vivienda habitual a los mayores de 65 años, ya que cuando la adquirió no la habitó en un plazo de 12 meses? ¿Habría alguna opción para que ella se pudiera beneficiar de la exención sin necesidad de reinvertir el dinero de la venta en una renta vitalicia?

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Lo que comentas es para la deducción por la vivienda habitual que ya no es posible para nuevas adquisiciones desde el 2013. Una vivienda es habitual, cuando vives en ella de forma ininterrumpida los tres años, y tendrá la condición de habitual, desde el momento que tu intención sea que así sea, con justificantes como de empadronamiento, factura de mudanza, etc.

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