¿Pueden obligarme a coger un día de asuntos propios porque cierra mi centro de trabajo? ¿Es legal?

El centro en el que trabajo cierran un día por asuntos propios fijado por convenio, y mi empresa que es la de limpieza que trabaja en ese centro me obliga a coger un día de asuntos propios y gastarlo ese día

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No, no es legal.

Los mal llamados "días de asuntos propios" no son más que permisos retribuidos que se encuentran tasados en el art 37 del Estatuto de los Trabajadores:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

c) Un día por traslado del domicilio habitual.

d) Por el tiempo indispensable, para el ejercicio del sufragio activo.

e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.

Puede que su Convenio lo amplíe, pero seguro que no contempla el cierre de la empres por Fuerza Mayor. De todas maneras el permiso ha de ser retribuido y disfrutar ese día no le limitará poder disfrutar otros días de descanso ni vacaciones. Por lo que no es necesario siquiera reclamar dicho día, porque en realidad no le perjudica no trabajarlo.

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