Régimen abierto en separación de mutuo acuerdo

Esta semana que viene vamos a firmar el convenio regulador delante de los

Abogados y en cuanto al régimen de visitas en ese documento va hacer

Referencia a que existirá un "régimen abierto". Querría saber exactamente ese

Término qué implica en cuanto a la posibilidad mía ( como padre ) de ver a mi hija.

Por otro lado, me han informado que una vez que firmemos este documento el

Próximo paso sólo sería que los dos cónyuges lo ratificáramos delante del juez. Si lo ratificamos, ¿la

¿Situación de separación sería ya efectiva?, ¿Faltaría algún paso más?

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Normalmente cuando se pacta un régimen abierto es que existe muy buena relación entre las partes y el cónyuge no custodio podrá verla siempre que quiera, también se pacta que en el caso de discrepancias se aplica un régimen de visitas pactado de antemano (tema de fines de semana alternos y algún día entre semana etc...).

Cuando lo ratifique delante del juez, será efectiva la separación o el divorcio... apartir de ahí el juez dictará sentencia.

https://www.divorcio-express.net/divorcio/ 

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