Una cafetería paga iva y que artículos son?

¿Tengo duda sobre si una cafetería debe pagar iva y si es el caso en que artículos de la ley puedo encontrar lo relacionado?

Respuesta

La actividad de cafeterías no es una actividad exenta de IVA, se recoge en la ley 39/1992 de LIVA.

Por lo tanto a ser una actividad de hostelería aplicará en sus ventas el 10% de IVA y a este se podrá deducir el soportado en las compras. Por otro lado, si usted es una persona física podrá acogerse al régimen simplificado de IVA en el que a través de unos módulos relacionados con su actividad se obtiene una cantidad a pagar trimestralmente.

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