Somos dos hermanos y tenemos una carpintería con SL, somos autónomos y queremos montar otra empresa agraria.

¿Sería recomendable hacer una comunidad de bienes y ser comuneros?

¿Llevaría mucho gasto?

¿Qué pasos deberíamos seguir y para pedir el dinero al banco cómo sería?.

¿Nos valdría el mismo autónomo que tenemos de carpinteros?

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Comunidad de bienes no tiene sentido. Maxime cuando no sería una comunidad de bienes real y por tanto sus miembros contribuyentes de IRPF así que dicha nueva comunidad de bienes que realmente tendria personalidad jurídica y objeto mercantil sería sujeto pasivo de impuesto de sociedades. Lo que si que habría que valorar y que sería interesante al ser actividad agraria es la posibilidad de que esta estuviera en estimación objetiva (modulos) pero, para ello, la actividad tendría que ser desarrollada por una persona física obligatoriamente... los modulos agrarios son muy muy beneficiosos fiscalmente así que si se puede evitar llevar el rendimiento a una empresa o sociedad que tribute por impuesto de sociedades mejor que mejor

¿Gasto?. Una vez delimitada la opción mejor te podría comentar los gastos pero en principio sea cual sea la opción no conlleva mucho gasto.

En cuanto a los pasos a seguir depende de la decision que se tome... hacer una nueva sociedad para esto no lo veo (para eso ya tenéis una y con cambiar objeto social e IAE suficiente)... una vez valorado la opción mas rentable fiscalmente hablando os podría decir la opción

¿Autonomos?. La cuota de autonomos (entiendo que societarios ya que lo pagais en virtud de vuestra condición de socios de sociedad capitalista) que estáis pagando es suficiente para daros cobertura social para cualquier actividad que hagáis.

Para cualquier aclaración [email protected]

¡Gracias! Me ha aclarado alguna duda.

No queremos mezclar el negocio de carpintería con el nuevo de ganadería.

Sería más óptimo crear un SC, tenemos que pedir el dinero al banco para crearla.

A la hora de gestionarla que necesitaríamos? 

Cuáles serían los pasos después de tener el proyecto y pedir los permisos.

Pilar, buenas tardes de nuevos

Si la opción es crear una S.C. porque queréis diferenciarla de vuestra otra actividad no necesitáis importe alguno para la misma más allá del importe que os cobre el profesional que os ayude con el tema... no hace falta capital mínimo ni escritura notarial ni inscripción en el registro mercantil... con un simple contrato privado suficiente y luego las altas censales para poder actuar.

Una vez que tengas proyecto + permisos se elebora un contrato de constitución de sociedad civil donde se recojan las obligaciones//derechos de los socios, se solicita el cif, se da de alta en obligaciones fiscales, apertura de centro de trabajo y a funcionar... es mucho más sencillo que una S.L. y las obligaciones son las mismas que esta a nivel de obligaciones (pero no presentan ni libros en el registro mercantil ni cuentas anuales)

¡Gracias! 

Creo que vamos a realiza una SC.

Los terrenos los compraremos a nivel particular y la nave a nombre de la sociedad civil. Así siempre podemos alquilar los terrenos a la SC. Y aportar gastos.

La SC será de mi marido y su hermano. No se si sería buena idea entrar las mujeres con un % pequeño como capitalistas. Nos beneficiaría en algo? Por ejemplo a la hora de pagar menos ha hacienda o para pedir alguna subvención. Estamos casados por bienes ganancialed.

Muchísimas gracias.

Me gustaría saber sus opiniones. 

Respecto al primer tema no tiene ningún sentido... el gasto siempre lo vas a tener de una u otra forma bien via amortización si compras los terrenos y la nave la entidad que desarrolla la actividad o bien via gasto si se hace como tu propones... pero hacerlo así (comprar los terrenos a nivel particular y la nave a nombre de la sociedad civil) por un motivo de aportar gastos carece de sentido alguno

El hecho de quien sea socio de la S.C. no influye a la hora de pagar impuestos. Dicha S.C. sera sujeto pasivo del impuesto de sociedades y pagara un tipo immpositivo del 25% (un 15% los dos primeros años por ser entidad de nueva creación) con independencia de quien sea sus socios.

En cuanto a subvenciones tendríais que mirar en la agencia de desarrollo de vuestra región para ver si podéis con esa inversión entrar en alguna subvención

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Yo creo que deberían de aportar los terrenos a la SL y gestionarlo desde la SL, con menores gastos y entiendo que efectivamente les valdría el mismo autónomo. Si se constituyen en una comunidad de bienes, obviamente sólo puede hacerse sobre el bien comprado. Al banco le deben de presentar un proyecto de devolución del capital aportado, con los importes generados estimados por las cosechas, en otras palabras tendrán que demostrar su capacidad crediticia de devolver los importes, en base a cosechas estimadas, o incluso en base a los ingresos potenciales que ambos tengan en su IRPF, bien vengan por cosechas o incluso por distribución de beneficios de la SL, etc.

Muchas gracias.

El nuevo negocio sería una granja de terneros a través de una integradora.

No queremos mezclar la carpintería con el nuevo negocio, por eso pensábamos hacer una comunidad de bienes porque lleva poco movimiento de facturación. Al banco le tendríamos que pedir para la compra de terreno y para construir la nave. Y con un proyecto.

Como le ha comentado el otro experto, la comunidad de bienes para desarrollar una actividad económica no parece la mejor opción. La opción más adecuada es tratar de manejar dentro de la misma empresa, con contabilidad analítica para diferenciar unas partidas y gastos de otras, e imputar para su control los posibles gastos comunes. Otra posibilidad es que vean si pueden llevar la nueva actividad bajo el paraguas de una sociedad agraria de transformación, como forma societaria adecuada a la explotación de su actividad.

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