Administrador y trabajador en otra empresa

Me gustaría saber que puedo hacer ante esta situación: he creado empresa con otra persona, soy administrador y socio a la vez; como las cosas no van como deberían, voy a trabajar en otra empresa por cuenta ajena y quería saber si puedo desvincularme como administrador y darme de baja de socio yendo a un notario. La otra persona pretende que me quede.

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Es necesario conocer que % de participaciones posee en la sociedad.

Al 50%, en el caso de no desvincularme porque la otra persona no querría firmar ante Notario, ¿puedo hacerlo yo solo? Y si no lo puedo hacer, ¿puedo trabajar por cuenta ajena sin ser autónomo y seguir siendo administrador y socio?

Muchas gracias, estoy desesperado..

Pienso que siendo poseedor del 50% de las participaciones y en virtud de su condición de administrados posee Ud un voto de calidad que la otra parte no tiene por lo que si su deseo es simplemente cesar en la administración basta con que acuda a un notario a escriturar su renuncia expresa y posteriormente lo inscriba en el registro mercantil; con esto cesa Ud en el puesto de administrador. Si su deseo es transmitir sus participaciones ha de comunicárselo a la otra parte, el otro socio, para que pueda ejercer su derecho preferente de adquisición.

Insisto hay mil fórmulas pero depende de su interés en seguir vinculado a esa empresa, si no tiene interés en seguir es mucho más fácil.

Gracias, me voy aclarando. Existe un préstamo que está a mi nombre y que es para la sociedad, en este caso íbamos a cambiarlo ante Notario pero no ha llegado el momento. SI yo voy al Notario y ceso como administrador y me desvinculo como socio, puedo hacer constar que de este préstamo se hace cargo la sociedad?

Hablando claro, no quiero seguir en la sociedad pero me ata el préstamo..como puedo desvincularme de él? 

Si como dice existe un riesgo financiero, un préstamo a su nombre, aunque se haya destinado a la sociedad quien lo adeuda es Ud. Lo que podría hacer es intentar que el banco subrogase ese préstamo a la sociedad y habida cuenta de ser Ud el administrador podría firmar, si lo hace después de cesar en el cargo el otro socio tendría que admitirlo.

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