Somos dos hermanas heredamos una casa de mi madre-como puedo valorarlo para vender mi parte.
Como puedo saber el importe de la casa, si esta construida en un lugar rural ''
4 respuestas
Tasación: Es un documento legal que certifica el valor del inmueble para una finalidad descrita, realizado con una metodología basada en una normativa legal.
Valoración: Es un informe que establece el valor orientativo de un inmueble mediante la aplicación de diversos métodos de valoración, pero que no tiene una validez legal, al no ajustarse a un procedimiento valorativo normando.
Las tasaciones tienen que ser realizadas por una sociedad de tasación homologada por el banco de España.
Las valoraciones se pueden pedir a una inmobiliaria de tu zona.
Al final, el valor de una propiedad es lo que alguien este dispuesto a pagar.
Tendrías que hablar con tu hermana, o vendéis juntas o ella te compra tu mitad.
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Vender media casa, ¿o sea tu parte?. No conozco las leyes de España... pero dudo que permitan "vender media casa". De paso... quien querria comprar la mitad de una casa para compartirla con una hermana tuya, ¿si ni siquiera tu quieres compartirla con tu hermana?.
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le dejo mi voto,... vea el último comentario que le puse al AVE NEGRA,.. ya que.... presume de ser una picapleitos. - Super You
Dices que la casa está en terreno RURAL o RUSTICO,... es decir, no es terreno URBANO,... y estás en España, si ésto es asi, te digo...
Una casa construida en terreno rustico,... no es una casa "normal" que tenga su propia licencia de 1ª ocupación,.. éste tipo de construcciones se consideran "casetas" de aperos con un máximo construido de 30 mtrs. E interiormente diáfana,... no constan en la escritura publica de propiedad del terreno,.. no precisan estudio de arquitectura, ni aparejador,... la puede construir un simple albañil con permiso del ayuntamiento del lugar,.. está legalmente prohibido habitar en éllas, ya que,... en teoria son para guardar aperos y herramientas de labranza... esto puede ser independiente de,.. ilegalmente ser mas grande, y tener distribucion interior,.. no pagan impuestos, solo lo pagan los terrenos.
Dicho lo anterior, para que te situes,... el valor que tendria legalmente la herencia es solo la del terreno,...
Como bien te dice mi colega Boris,... las casas no son divisibles (las legales) las de aperos no cuentan,.. y los terrenos ... depende, ... generalmente tampoco lo són, a no ser que en la escritura de propiedad, esté legalmente dividido, deben de constar todos los detalles,... por tanto para vender esa herencia a terceros, teneis que estar totalmente de acuerdo tu hermana y tu, si una no quiere vender, se hace muy dificil poder "obligar" a la otra para que venda,.. tendria que meterse en procedimientos judiciales muy costosos,... por tanto, creo que estais "condenadas" tu hermana y tu, a poneros de acuerdo.
Y si la casa, está construida con su documentacion y estudio de arquitectura registrada en el colegio de Arquitectos, es decir,.. es una casa legal... para los efectos de la herencia es lo mismo que te dije anteriormente.
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Lamento discrepar mucho de algunas cosas que le han respondido.
Usted puede vender su parte a quien quiera, aunque primero la ha de ofrecer a su hermana ya que ella, como copropietaria tiene derecho de adquisición preferente por el mismo precio que le ofrece un tercero. Si va a venderle a ella, puede vender por el valor real o un precio aproximado.
Es muy difícil que un particular quiera comprar la parte indivisa de una casa, pero hay empresas que se dedican a ello y tienen sus buenos beneficios. Vender a una de esas empresas suele ser muy mal negocio para el vendedor y también para los copropietarios. Le explico como actúan:
Al vendedor le pagan poco más de una tercera parte del valor real (si la casa vale 100 y su parte son 50, muy contenta puede estar si le llegan a dar 20) y ponen como condición que no se entere el resto de propietarios porque podrían ejercer el derecho de retracto. Cuando ha transcurrido el plazo y ya no pueden ejercer ese derecho, la empresa compradora se va a poner en contacto con el resto de propietarios para comunicarles que ha comprado parte de la propiedad y ofrecerles la opción de compra, ahora ya por el valor real (si pagó 20, ahora va a pedir 50, que es lo que vale).
Si los copropietarios no quieren comprar, entonces la empresa va a exigir la división, ya que la ley dice que nadie está obligado a permanecer en copropiedad. Como la casa es indivisible, habrá que convertirla en algo divisible, o sea vender en pública subasta y repartir el dinero. A la subasta acudirá la empresa que ahora ya tiene derecho de adquisición preferente y, o pagan mucho, o se queda con la casa entera.
Como ve, si que puede vender su parte, pero si no es a su hermana, dudo que le convenga. Si ella no quiere comprar, pónganse de acuerdo para vender las dos, porque como metan a una empresa, se van a quedar las dos sin casa y con poco dinero, aunque la que más pierde es la que vende primero.
Puesto que hay quien cuestiona que puedan obligar a alguien a vender, pongo unos enlaces al Código Civil Español, que lo demuestran.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l2t3.html#a404
Fíjese en los artículos 400, 404 y 406. Éste último dice que rigen las disposiciones para la división de herencia, e decir que es de aplicación lo que dispone el artículo 1062, que dice:
Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.
Pero bastará que uno sólo de los herederos pida su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños, para que así se haga.
Por supuesto, habla de herederos, pero como ha visto en el artículo 406, rigen las mismas reglas.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l3t3.html#a1062
En cuanto a las empresas especializadas en la compra de proindivisos, solo hay que buscar por internet, las hay a montones.
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Aparte de no aportar información válida,.. lo que si ha echo a sido confundir más a la preguntadora,.. ya que, ... parece que Utd. es una persona "informada",.. no se entiende que empresa pueda estar interesada en comprar una parte de la herencia de un terreno rustico, que una parte de la propiedad no quiere vender. Creo que Utd. mezcla churras con merinas,.. Utd. se refiere a bienes inmuebles para hacer negocio,. Nada que ver,..con el tema de la pregunta, por tanto, infórmese ántes de lamentar sobre lo que respondemos los demás... - Super You
De paso, ya que discrepa tanto de las otras respuestas he de decirla, que aquí a nadie le importan sus discrepancias, a quien pregunta lo único que le importa es que le den una respuesta válida y lógica, Utd. no lo ha echo en absoluto,.. para que otra vez no cometa semejante error, le diré para su mejor información,... en España,.. salvo los poderes Públ. Y solo por el bien social,... en España nadie puede obligar a nadie a ir al notario para vender una propiedad si no quiere hacerlo, su asesoramiento implica años y malos pleitos, al final lo de ponerse de acuerdo con la hermana, ámbas cosas ya se las había indicado yo ... lamentable tu respuesta querida. - Super You
No afirmo ser una persona informada. Soy abogada en ejercicio. Licenciada en 2007 en España, así que un poquito si sé.Usted ha dado por hecho que se trata de una finca rústica, pero la preguntadora ha dicho "rural", que no es exactamente lo mismo. Hace unos años era perfectamente legal construir en fincas rústicas si se disponía de una spuperficie de 15.000 metros cuadrados. Antes, ni eso.Estudié derecho urbanístico: las casas antiguas construidas antes de que se aprobaren las leyes actuales en terreno no urbano son perfectamente legales. No se pueden ampliar pero se pueden hacer las obras necesarias para su conservación. - Magda G.
No le niego lo que dicen las leyes, Utd. es abogada por tanto sabrá en que apartado del código penal dice que los ladrones,.. ya condenados por ladrones, tienen pena de prisión y tienen que ir a la cárcel pero, si recurren, si cambian el proceso, si el fiscal hace de abogado defensor,.. si no interesa ese fiscal o ese juez,.. etc,.. etc,... los ladrones en éste país en realidad, no van a la cárcel,.. como dicen Utds. A las pruebas me remito,... es decir, una cosa es el espíritu de la ley que es cosa seria, ...pero otra el cachondeo en su aplicación, ........ que tenga Utd. buenos pleitos, ya que,.. parece que la motivan menos los malos arreglos por mutuo acuerdo. - Super You
Leo y me horrorizo estimado colega Super You: Magda no es "abogada", es AVE NEGRA, de esas que realmente le dan muy mala imagen a la profesion legal. Esta aconsejando algo practicamente delictivo: acudir a una empresa que estafara a ambas hermanas!. Porque no le aconseja que compre un revolver y mate a la hermana, asi hereda todo?. Creo que seria una propuesta mas decente. - Boris Berkov
Ya que presume Utd de ser abogaga,... Le recuerdo la calificación que dio hace más de 150 años el afamado jurista Alemán ... Julius Von Kirchmann,... al derecho como fundamento en la aplicación de la ley,... decía... el derecho es basura y los profesionales del derecho somos los basureros,... ya que, aplican sus fundamentos en función del gobernante de turno, asumiendo las leyes más aberrantes que pudiera un ser humano imaginar... lo que hoy es crimen,.. mañana no lo es, y viceversa,... "honorable" profesión la suya,..... la felicito. - Super You
Me he limitado a decir la verdad aunque no les guste, que a mi tampoco me gusta. Yo no estoy a favor de esas empresas, le he explicado lo que pasa para evitar que caiga en la trampa. Precisamente estudié el tema a raiz de la consulta de un amigo, cuya madre, separada de su padre, quería vender su mitad del piso a una de estas empresas. Y menos mal que me consultó, se libró de un buen problema. Si se fijan, en el último párrafo de mi respuesta le digo que se ponga de acuerdo con su hermana. - Magda G.