Pensionista 33% minusvalía mejora en tipo IRPF

Soy pensionista con un 33% de minusvalía alguien me puede decir si tendría alguna rebaja del tipo de retención.

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Los tipos de IRPF se adecuan a la situación familiar, y en concreto el mínimo familiar se ve afectado, y por lo tanto la retención a aplicar debe de ser menor. Si la SS no lo hiciera resultaría que debería de hacer la declaración aunque no le correspondiera para recuperar las retencionese practicadas de más.

Mínimo por discapacidad del contribuyente

En función del grado de discapacidad del contribuyente, el mínimo podrá ser de las siguientes cuantías:

  • 3.000 euros anuales cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100.

En definitiva, el mínimo por discapacidad del contribuyente alcanzará las siguientes cuantías:

Grado de discapacidad

- Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100 ... 3.000 Euros. .

Tienen la consideración de personas con discapacidad, a efectos del IRPF, los contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

El grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida deberán acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las Comunidades Autónomas. El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, (BOE de 26 de enero de 2000), regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Condiciones de aplicación del mínimo por discapacidad

a) La determinación de las circunstancias personales y familiares que deben tenerse en cuenta para la aplicación del mínimo por discapacidad se realizará atendiendo a la situación existente a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre o en la fecha de fallecimiento del contribuyente si éste fallece en un día distinto del 31 de diciembre).

Sin perjuicio de lo anterior, el mínimo por discapacidad será aplicable en los casos en que el descendiente haya fallecido durante el período impositivo.

A efectos prácticos, es que de los ingresos de la pensión además del mínimo familiar normal hay 3.000 Euros que también van a tributar al tipo del 0%.

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