Necesito asesoramiento con un tema de IRPF

Os planteo la situación, a ver si alguien puede arrojar algo de luz al asunto...

He recibido una cantidad de dinero por la venta de un inmueble situado en Pais Vasco procedente de herencia; aunque la venta se ha hecho efectiva, no está notarialmente protocolizada. No se si la escritura notarial podrá hacerse antes de acabar el 2017. Y para más complicación, se trata de un bien en terreno comunal por lo que no hay escritura de propiedad ni inscripcion en registro de la propiedad.

El asunto es que el cobro se ha hecho mediante transferencias desde una cuenta del país vasco, siendo una de ellas superior a 3000€. La cuenta de destino está cerrada porque se hizo un traspaso a otra entidad.

Así mismo, el dinero percibido ha sido "invertido" en 2 depósitos a plazo fijo, ambos inferiores a 3000€.

¿Tiene hacienda la información de las transferencias recibidas en una cuenta cerrada con anterioridad a 31 diciembre de 2017?

¿Tiene hacienda conocimiento de esa venta realizada en territorio foral, si se han liquidado los impuestos correspondientes en dicho territorio?

¿Puedo encontrar algun problema a la hora de hacer la declaración 2017?

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Tienes que conocer lo que Hacienda puede obtener de su relación "matrimonial" con los bancos:

En este enlace tienes buena información: https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/modelo-171-movimientos-de-cobros-y-pagos-en-cuentas-corrientes

También te recomiendo que leas el siguiente artículo: http://www.cebenifaio.es/uploads/implicaciones%20dinero%20en%20efectivo.pdf 

Por todo ello, entiendo que Hacienda "sabe" que hay alguna operación de más de 3.000 Euros y la tiene identificada, otra cuestión es que tenga que ser tributable. Por ejemplo, si a mi me dan un anticipo a cuenta de una casa que todavía no he vendido, tributaré cuando la venda.

Salvo mejor opinión.

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