Puedo donar la herencia recibida tras fallecimiento de mi padre a mi marido?

Tras fallecer mi padre recibo una herencia, ¿me gustaría saber si puedo donarla a mi marido?

Respuesta

En su caso, antes de donarla a nadie lo que debe hacer es aceptar la herencia. En el caso que Ud no quisiera la herencia iría a sus hijos y en caso de no tener a sus hermanos. Para que su marido tenga derecho a los bienes de esa herencia, Ud debe aceptarla y una vez Ud sea la propietaria de los bienes de la herencia realizar la donación a su marido. Pese a ello le aconsejo tener en cuenta los impuestos por las donaciones pues dependiendo de la comunidad de propietarios son unos y en muchas ocasiones elevados. Si desea más información o asesoramiento puede contactar conmigo. Att. Marc, Abogado

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Respuesta

Su ya ha recibido esa herencia puede donarla en la medida en que esa donación no perjudique a sus herederos legitimarios -donación inoficiosa-, por otra parte debe tener en cuenta el costo fiscal de esa donación.

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