¿Es posible amortizar en el sistema de módulos una obra de cambio de luces en un comercio minorista?

Soy propietaria de un comercio minorista que tributa en el sistema de estimación objetiva, y en régimen de equivalencia. Este mes de agosto hice una obra, cambiando las luces del comercio, y quisiera saber si puedo amortizar el gasto en el modelo 131, y si es posible, cómo hacerlo.

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Si es posible, este gasto a amortizar se debe incluir en el apartado “Incentivos a la inversión”, este incentivo permite reducir el rendimiento neto previo de la actividad en el importe correspondiente a la depreciación efectiva experimentado por inmovilizado material o intangible afectó a la misma.

Este gasto debe ir amortizándose en el porcentaje correspondiente según tablas.

Gracias por la rápida respuesta. Al haber hecho la obra en agosto de este año,¿podría empezar a amortizar en el 3 trimestre del 2017 o debo empezar en abril de 2018 la amortización? 

Si, podría empezar a amortizar desde la puesta en funcionamiento o realización de la inversión, esto quiere decir que del porcentaje anual a amortizar, lo debe hacer proporcional a los meses desde agosto a diciembre.

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