Impuestos reparto de herencia entre hermanos aludiendo al testamento voluntariamente

Mis padres se separaron pero sin documentación alguna. Mi padre para no tener problemas puso el piso a nbre de mi madre.

Luego falleció mi padre y no otorgo testamento. Mi madre heredo otro piso de mi tío(osea su hermano)). Ahora ha fallecido mi madre y he visto el testamento. Somos tres hermanos. Uno se lleva un piso y el resto a repartir a partes iguales entre los tres. Dos recidimos en Andalucia .la otra que se lleva el piso entero en Dublin.

Aparte de lo que dice el testamento los tres hermanos queremos hacer lo siguiente... Yo quedarme con un piso entero.

Me tocaría según testamento el 33 por ciento de dicho piso.

Y mis otras dos hermanas quedarse con el otro al 50 por ciennto.. Cada piso tiene un valor catastral de 95.000 eur.

¿Se puede hacer sin más o hay que hacer una extinción de condominio?

¿Cuál seria la forma más barata y legal?

¿

¿Sabrían decirme los pagos? ¿Hace falta abogado?

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No necesitan para nada un abogado. Acudan a una notaría y allí se lo resolverán todo.

Si su madre dispuso expresamente que el reparto sea de una determinada manera, es muy probable que no puedan repartir así sin mas; tendrán que aceptar primero la herencia y luego venderse entre ustedes las partes que corresponden. Tendrán que liquidar el impuesto de sucesiones pero, por esas cantidades y siendo hijas no creo que les toque pagar, pero por las compraventas si que tendrán que declarar y pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales.

Hay otra cuestión que no han tenido en cuenta y es que si sus padres estaban casados en gananciales y no estaban separados, aunque lo hubiera puesto a nombre de su madre, el piso seguiría siendo de los dos y por lo tanto, la mitad de su padre debía ser de ustedes tres a partes iguales. Sin embargo, si hubieran pasado más de 30 años desde que su padre murió, el piso entero habría pasado a ser de su madre y ustedes ya no lo podrían reclamar. Esto se lo digo por si a efectos de impuestos les pudiera convenir así, ya que por la herencia no pagarán pero por la compraventa si, por lo tanto a mayor parte heredada, menor parte a comprar (independientemente de los acuerdos que hagan entre ustedes).

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