Estoy de alquiler y los propietarios quieren volver al piso, ¿Qué derechos tengo?

Estoy de alquiler desde diciembre del 2015. Llevo un año y tres meses y tengo un contrato de tres años de duración. Los propietarios del piso m dijeron la semana pasada que tienen que volver al piso porque donde están ahora les sale caros los deplazamientos... M gustaría saber los derechos que tengo como inquilina, los meses de antelación con que me tienen que avisar y si me tienen que dar alguna indemnización por no haber acabado el contrato, por parte de los propietarios.

2 respuestas

Respuesta

Le tienen que avisar con 2 meses de antelación... y le han avisado con 9.

Usted no tiene que dejar el piso hasta diciembre. Salvo que le incentiven para ello claro.

Respuesta

Si no hay letrado que me eche al lado...

Le copio y pego el texto de la Ley de Arrendamientos Urbanos... Será mas precisa.

TITULO ll. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años. "Esto sería opcional si ud quisiera seguir y hubiera empezado por menos.. por un año.."... etc., etc...

3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado... La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto

Total... A mi juicio estimo que ud tiene garantizado esos 3 años mínimos. Llegados los tres será cuando le pueda comunicar con un tiempo de 2 meses de antelación que rescinde el contrato por necesitar el piso como vivienda. Si en cambio y por mucho derecho que se tenga a ese mínimo de tres años, ud hubiera hecho un pacto de uno, o de dos.. en espera de llegar a mas... ahí la necesidad del arrendador le hubiera cortado el proseguir y no poder llegar a los tres. Pero ud y en un solo y primer pacto ya refiere haberlo hecho de tres años... y los cortes aquí son en las mismas fecha de prórrogas .

Por tanto y es mi opinión, puede ud seguir, un año y medio mas,(si voluntariamete no llega a un acuerdo que le satisfaga con el arrendador), hasta los tres años y este avisarle por escrito 2 meses antes para el desalojo.

Le adjunto un link con un video de un abogado explicando concretamente esto.

http://www.abogadosparatodos.net/el-arrendador-necesita-la-vivienda-para-si-o-para-su-familia/ 

Un cordial saludo.

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