Sección del cable eléctrico en la derivación individual desde el cuarto de contadores a mi vivienda

Mi electricista no ha podido substituir el cable antiguo (de sección inferior al que se exige ahora)por uno nuevo como exige la norma( de mayor sección)en el tramo que va del cuarto de contadores a mi vivienda (la derivación individual)

La instalación interior de la vivienda está de acuerdo a la norma. Mi pregunta es si voy a tener problemas y de qué tipo por tener menos sección de cable en ese punto a la hora de usar horno, cocina, calentador...?

4 respuestas

Respuesta
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¿De qué sección estamos hablando? No es lo mismo una DI vieja de 1,5mm² que otra de 4mm².

Deberás tener en el cuadro un IGA en función de la sección de la DI, y contratar una potencia acorde.

Los problemas que puedes tener es que no te acepten la instalación y no la conecten, entonces estarás obligado a cambiar la DI.

Otro problema que seguramente hay es que probablemente no dispones de toma de tierra, ya que en los edificios de pisos lo habitual es que el cable de tierra suba junto con los activos (fase-neutro).

También notarás que al conectar carga se reduce ligeramente el voltaje. Lo notarás en la intensidad de luz de las bombillas, también los picos de arranque se notarán bastante. Esto es la caída de tensión, el voltaje que se pierde en el cable se convierte en calor, son unos vatios perdidos que en contador registrará junto al consumo normal.

Si a alguien se le ocurre cambiar el IGA y ponerlo de más corriente de la que aguanta el cable, este se calentará en exceso y habrá riesgo de incendio.

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Si el cable de la derivación no esta en normativa y es de menor seccion que la admitida legalmente, ¿qué te ha certificado tras hacerte la reforma?

Además de lo indicado anteriormente no podrás contratar más potencia que la que tenias indicada como máxima en tu anterior "boletin" y la reforma que has hecho se ha quedado coja de una de sus patas, es decir, has mejorado lo de dentro pero lo de fuera sigue igual de mal.

Como te ha indicado David Tupak la instalación, si te la ha efectuado según el reglamento, tiene que llevar un IGA (interruptor general) de no menos de 25A y dicho IGA va en consonancia con la sección de cableado de la derivación individual (no menor de 6mm2) por lo tanto, si tu sección es inferior a esta ya no solo es que tendrás limitada la potencia de uso máxima si no que el electricista no podrá emitirte el certificado por la reforma llevada a cabo.

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El problema que puedes tener es recalentamiento en los cables

Respuesta

Simplemente, no podras disponer de boletin electrico para pedir ka potencia que necesites "ahora, despues de ka reforma", en tu casa.

Ningun electricista firmaria ese certificado.

Deberas continuar con ka potencia que tenias hasta ahora... o que se haga la obra necesaria para cambiar tuberia y cableado hasta tu contador.

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