¿Puede mi seguro de decesos cambiar una de las condiciones contratadas desde hace 50 años?.

Tengo contratado un seguro de decesos desde hace 50 años que incluye nicho en propiedad, la compañía me dice que el Ayuntamiento ya no admite nichos en propiedad y por ello cambian las condiciones a nicho en alquiler por el máximo de tiempo que se pueda tener, ¿es ésto legal?, ¿Puedo reclamar?.

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El Ayuntamiento puede decir misa y hacer lo que quiera, pero la compañía debe cumplir con lo estipulado en contrato salvo exista alguna clausula que hable de imposibilidades.

De todas formas, como la compañía debe cumplir, que busque nicho en el pueblo de al lado si es preciso o que lo pinte.

Puede llegarse a un acuerdo de bajada de prima por no poder dar el servicio contratado.

¿Algún abogado que me explique cómo proceder?, lo he comentado en mi oficina del seguro pero ellos no salen de que el Ayuntamiento lo ha dispuesto así y no puede hacerse nada... No sé qué paso dar, llevo muchos años pagando para que ahora no cumplan lo pactado.

Agradezco una respuesta.

Veamos, esto es muy sencillo.

Lo que diga el Ayuntamiento no te vincula y a la compañía tampoco. Como si el Ayuntamiento dice que no pone coches choques en feria.

Es decir que no te cuenten mas milongas del Ayuntamiento.

Tu tienes un contrato en el que tienes contratado un servicio (nicho en propiedad) y por lo tanto has pagado por dicho servicio Y, O TE DEVUELVEN EL DINERO PAGADO EN EXCESO, O TE PAGAN UN NICHO EN OTRO PUEBLO, O TE INDEMNIZAN EL VALOR DEL NICHO EN PROPIEDAD, O TE BAJAN LA PRIMA DEL SEGURO. Busca la mejor opción.

Tu eliges.

Mas o menos es lo que te he contado anteriormente.

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