Modelo 216 por servicios desde Irlanda

Una sociedad irlandesa factura a una empresa española servicios profesionales prestados desde allí. Según tengo entendido el lugar de realización del hecho imponible es España. ¿Hay qué hacer inversión del sujeto pasivo de IVA en españa? Hay que incluir esa información en el modelo 216 de no residentes, ¿a pesar de estar exenta de retención?

Respuesta
1

Si y no, El 216 es para empresas desplazadas es decir si el servicio se prestase en España

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas