Si una persona condenada en un juicioa pagarme por una agresión no paga ¿Yo cobro de alguna manera?

La pregunta es esa hace un año sufrí una agresión... Hace un mes el atacante se tuvo que declarar culpable en el juicio para no entrar en la sala temiendo quu aún fuera peor le han condenado a pagarme a mi la resdponsabilidad civil y al S.E.S.P.A... El resultado es que debe pagar durante 24 meses... Sé que si no paga le condenan a un día de privación de libertad por cada dos cuotas no pagadas (creo) mi duda es ¿si el no paga y cumple en cárcel o en trabajos al servicio de la comunidad o lo que sea... Yo cobro de alguna manera? ¿Se hace cargo el estado? O ¿Cómo funcionan estos asuntos?

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Si el Estado, es decir los contribuyentes, nos hicieramos cargo de pagar todo lo que no pagan los deudores, dejarían de funcionar los servicios públicos, sanidad enseñanza etc.

A vd le corresponde buscar bienes o derechos de esa persona y pedir al Juzgado que se los embargue.

Ya me lo imagino y me lo imaginaba...pero la respuesta es NO? entonces?....si el demuestra no tener nada que embargar ni recursos....no? y además  ¿cómo que me corresponde a mi???? está juzgado y condenado, sera el juzgado quién me tenga que informar a MI no?  quien tiene lesiones soy yo....para que denuncio entonces ...si tengo que buscar yo MIS PROPIAS SOLUCIONES....no sé...algo no me cuadra en esta respuesta...

Comprendo su perplejidad pero así es, lo único que puedo recordarle es que "El deudor responde de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros" por lo tanto puede esperar a que llegue a mejor fortuna y entonces embargarle, eso si, no olvide reclamarle periodicamente para que no prescriba la deuda

Pero vamos a ver....no se encarga el juzgado??' tengo que estar yopendiente de que pague?? o se va der rositas o como es no me queda claro

El Juzgado solo se encarga de la parte pública del asunto, el cumplimiento de la pena impuesta, de la parte privada, se tienen que encargar los interesados en su cumplimiento. Tenga en cuenta que en España no existe la prisión por deudas.

Por deudas no..ok..pero por no pagar una pena.   Y además  acordada??? 

Hay que distinguir entre la multa y la indemnización.

¿Puedes explicármelo por alto? Porque no entiendo mucho de lenguaje procesal...

La multa es la pena que se paga al Estado por una infracción, la indemnización es lo que percibe el particular prejudicado por esa infracción, son conceptos que nada tienen que ver entre si, salvo el origen.

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