Renunciar herencia después de 1 año del fallecimiento

Como ya les decía en otra pregunta anterior, mi tia dejo de herederos a sus hermanos, pero uno de ellos no quiere renunciar, pues vive en una de las propiedades y tiene una edad muy avanzada como para plantearse cualquier cambio y tampoco puede hacer frente al impuesto de sucesión.

Podría retrasar la renuncia hasta que le reclamen el pago del impuesto, y renunciar en ese momento.

¿Este impuesto prescribe?

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Estimada Susana,

En principio, no hay plazo para aceptar o repudiar la herencia, salvo reclamación por parte del juez para que acepte o no. En este caso, el plazo es de 2 meses.
Una vez aceptada la herencia, se dispone de un plazo máximo de 6 meses para satisfacer el Impuesto de Sucesiones. Se podrá solicitar prórroga para la presentación por un plazo de otros 6 meses, con devengo del interés de demora.
No olvide valorar la pregunta.

Muchas gracias

Entonces, ¿tendría algún problema con hacienda, si renuncio a la herencia tras haberse cumplido el plazo de la prórroga?

Si se pasa el plazo de autoliquidación del impuesto, y usted renuncia a la herencia, no le pueden reclamar nada a usted ya que la persona que renuncia, se considera que no ha adquirido nunca.

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