Me parece raro que no le reclamaran nada.
En teoria las deudas suelen caducar a los 5 años, pero :
La prescripción extintiva surge cuando transcurre de forma ininterrumpida todo el período de tiempo que dicta la legislación, pues es fruto de la prolongada inactividad del acreedor. Sin embargo, la prescripción puede ser interrumpida. La idea central es que el acreedor puede evitar que prescriba su derecho de cobro, si antes de que el plazo se haya agotado, realiza ciertos actos que interrumpen la prescripción, mantienen vigente el derecho de cobro y la acción que lo ampara. Gracias a este mecanismo legal (una de las escasas herramientas jurídicas a favor del acreedor que existen en el Derecho positivo español) el acreedor tiene la facultad de mantener viva la deuda por tiempo indefinido, para reclamar el pago cuando el moroso venga a mejor fortuna.