Divorcio de un matrimonio celebrado en Argentina

Yo y mi marido nos casamos hace 15 años en Argentina. Soy Alemana, él en aquel momento tenía nacionalidad argentina, luego estando aquí adquirió también la española. Hace unos 12 años nos vinimos a vivir a España, donde también nació nuestra segunda hija. Hace dos años decidimos separarnos y ahora queremos legalizar nuestra situación o bien a través de la separación legal o a través del divorcio (de mutuo acuerdo), favoreciendo esta última opción. Tengo dos preguntas ahora, primero si yo nunca he hecho ningún trámite físico para inscribir nuestro matrimonio en España, ¿es necesario divorciarnos aquí? O en realidad no existe nuestro matrimonio ante la ley española. Tenemos un libro de familia por el nacimiento de la niña, pero nada más. De hecho hace unos años la seguridad social nos negó la posibilidad de asegurar a mi marido a través mío (cuando estuvo desocupado un tiempo) dado que "no estabamos casados en España". ¿Dónde puedo averiguar si nuestro matrimonio está registrado en algún sitio?

Por el otro lado, si es posible divorciarnos aquí, ¿cómo se tiene que hacer? Necesitamos documentación adicional de Argentina, ¿se tienen que tramitar a través de la embajada? No encuentro mucha información en Internet, si alguien me pudiera orientar lo agradecería mucho.

2 respuestas

Respuesta
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Estimada Stephanie.

Si su matrimonio no ha sido registrado en el Registro Civil Central de España, debe usted disolver su matrimonio donde se ha efectuado el mismo, que según entiendo en su consulta, ha sido en Argentina hace 15 años.

Como el matrimonio no ha sido registrado aquí en España, el matrimonio no existe en España.

Buenos días, muchas gracias x ambas respuestas! Existe una manera de comprobar la no existencia de este matrimonio sobre papeles? Yo soy fija discontinua y me piden los papeles de la separación para pagarme la ayuda, pero si no hay matrimonio...no hay manera de cumplir con esto. También para la declaración de la renta etc. Dónde podría consultar si para España estoy casada?

Gracias nuevamente!

En el Registro Central.

Respuesta

Ustedes pueden divorciarse en España sin problemas si son residentes en España, en virtud de lo establecido en el Reglamento del Consejo Europeo nº 2201/2003 de 27 de noviembre de 2003, y art. 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si desean que les lleve su caso no duden en ponerse en contacto conmigo.

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