Aceptación de herencia entre hermanos

Hace dos años falleció mi madre, hicimos la aceptación de la herencia entre mi padre y los hermanos. Pagamos el impuesto de sucesiones y las plusvalías correspondientes.
Ahora ha fallecido mi padre y será todo a repartir a partes iguales entre los hermanos. El dinero del banco es insignificante y las propiedades son:
Un piso cuyo calor catastral es de aproximadamente 49000€ y en la escritura de aceptación pusimos un valor de 140000 € y otro piso cuyo valor catastral es de aproximadante 77000€ y en la escritura pusimos un valor de 106000€.
Yo quiero quedarme con el piso de 77000€ y mis hermanos aceptan que me lo quede por 65000€ o 70000€. ¿Puedo adquirir este inmueble por un precio inferior al valor catastral y cual seria el valor que debería indicar en la nueva escritura para no tener problemas con hacienda? ¿Qué gastos tengo que pagar yo y cuales mis hermanos?
La idea es poner en venta el otro inmueble y con el dinero obtenido yo pagarles la diferencia a mis hermanos.
Debemos hacer primero la aceptación de la herencia antes de que pasen 6 meses y luego la compraventa, todo va a depender de cuando salga un comprador para el otro inmueble

2 respuestas

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Si están conformes, usted se puede adjudicar el inmueble que quiere y compensar a sus hermanos (hay que hacer los cálculos pertinentes), pero además tendrá que comprar la parte que corresponda a sus hermanos por herencia de su madre.

Si usted liquida impuestos por menor valor del estimado por su comunidad autónoma (cada una tiene su propia normativa), puede tener una comprobación de valores.

Para poder vender algo, primero ha de ser propietario y por lo tanto, mientras no acepten la herencia no pueden vender... Incluso, es importante el valor que se da en la adjudicación de la herencia, para evitar mucho incremento patrimonial en el momento de la venta del inmueble, pues suele ser mayor el tipo impositivo de este que el impuesto de sucesiones en muchas comunidades autónomas.

Respuesta

Si adquiere la vivienda por un precio inferior a lo que marca Hacienda puede que le llegue una complementaria. El notario le informará de cual es el precio mínimo de compraventa para evitar la complementaria.

Por otro lado, aunque la herencia no esté aceptada, pueden vender los derechos hereditarios. Encontrará más información sobre vender herencia en https://proindivisoherencia.com

Quedamos a su disposición,

Pedralbes Abogados

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