Sanciones por riegos en parcela no autorizada

¿Qué sanciones tiene el regar una parcela que no tiene asignado un pozo y el riego se hace con el pozo de una parcela limítrofe?

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El riego que se hace con agua procedente de otra finca puede ser un delito de apropiación indebida. Así lo establece el artículo 255 del Código Penal. La pena dependerá de la cantidad y valor de agua apropiada. Si una parcela no tiene asignado pozo, dispone de un procedimiento reglado para reclamar las horas de agua a que tenga derecho, según la ley de su comunidad autónoma y los usos que se apliquen. Pero cometer un delito no es cosa de la comunidad autónoma, sino del Código Penal que rige para toda España.

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