Tengo una duda sobre los Autónomos y subsidio desempleo

Soy autónomo, en enero cumpliré un año como tal. Pero no me a ido bien y las cuentas no me salen. ¿En el momento que deje de ser autónomo tendré derecho a cobrar el subsidio de desempleo?

2 Respuestas

Respuesta

Si estás pagando la prestación por cese, y los libros contables están bien, no tendrás problema en solicitar la prestación por cese.

Recuerda que debes de solicitarlo a la MUTUA

Respuesta

Para que el autónomo tenga derecho a la prestación por desempleo debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, tener cubiertas las contingencias profesionales y estar al corriente en el pago de las cuotas de Seguridad Social.
  • Contar con un período mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese, siendo computable el mes en que se produzca el hecho causante del cese de actividad.
  • Que el cese en la actividad desarrollada por el trabajador se deba a motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial y sea debidamente justificado.
  • Suscribir el compromiso de actividad para el mantenimiento de la prestación a fin de realizar las actividades formativas, de orientación profesional y de promoción de la actividad emprendedora a las que pueda convocarle el Servicio Público de Empleo correspondiente así como a efectos de cumplir las obligaciones de los artículos 17.1 g) y h) de la Ley 32/2010, de 5 de agosto.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.
  • Que no concurra ninguna de las incompatibilidades previstas en la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

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