¿Cuándo prescribe el derecho de reclamar una deuda en el juzgado?

Tengo una deuda con un banco, es de unos 900 euros, la deuda es del año 2009, y hace una semana me llego la notificación del juzgado, mi mpregunta es ¿Cuánto tiempo tiene el banco para que la deuda no prescriba y me pueda demandar por el juzgao? ¿Son 5 o 10 años?

Respuesta
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La reclamaciones de cantidad están sujetas al plazo de 15 años en este tipo de situaciones. Tan solo la reclamación de intereses moratorios estaría sujeta al plazo de 5.

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