Usufructo testamentario ¿Puedo alquilar la vivienda?

Después de trece años con mi pareja, esta ha fallecido (no éramos pareja de hecho y no estábamos casados), me ha dejado en testamento, el usufructo vitalicio del tercio de mejora de la vivienda donde vivamos actualmente, anteriormente estuvo casado y su mujer falleció. Tiene tres hijos mayores de edad, que no quieren saber nada de papeles, ni gastos, ni impuestos de sucesiones, me estoy planteando alquilar la vivienda, para trasladarme a otra mas pequeña ¿es esto posible? ¿Tendría qué repartir las ganancias de alquiler? ¿El IBI, quien lo paga?.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Hay que estudiar la situación concreto, pero en principio, usted no es titular de la vivienda o del usufructo, mientras no acepten la herencia, por lo tanto, legalmente, no puede realizar un contrato de alquiler.

En estos momentos, mientras se acepta o no la herencia, el titular es la herencia yacente (comunidad de bienes de los herederos), y por lo tanto, esta comunidad de bienes es quien corre con los gatos y en todo caso, quien podría alquilar, pero debería constituirse formalmente y solicitar un NIF.

En la practica, tendrá que forzar la adjudicación de la herencia, normalmente en vía judicial o ponerse de acuerdo todos los herederos.

¡Gracias! , por su respuesta. Tal como comente en el  post, los hijos no quieren arreglar nada, incluyendo la aceptación de herencia, porque la relación entre ellos no es buena. Estoy tratando de dialogar con ellos y solucionar el asunto, pero no hacen otra cosa que dame largas y evasivas, pienso que para que me canse y abandone la vivienda.

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