¿Puede el alcalde contratar a su hijo?

El alcalde de mi pueblo ha contratado para el asesoramiento jurídico un bufete de abogados. Este bufete tiene varias sedes en distintas ciudades siendo la que dirige su hijo la que presta los servicios al Ayuntamiento. Los jefes del bufete son otras personas.

La duda es si el alcalde puede contratar este bufete, que si bien la propiedad es de otra persona, el empleado que dirige la sede y que asesora al ayuntamiento es su hijo.

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Se ha intentando erradicar el nepotismo de la función pública y en algunos sitios se considera ilegal ese tipo de contratación.

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