Deducción por vivienda habitual sin estar empadronado pero viviendo allí mi familia

Mi caso es un tanto especial. Vivo en Córdoba los fines de semana en la vivienda que compramos mi mujer y yo y que ahora compartimos con nuestras dos hijas y pagamos la hipoteca de la que nos deducíamos por primera vivienda. Mi mujer el año 2014 sólo cobró la prestación por desempleo con lo cual no puede deducirse nada y yo me empadroné em Madrid para obtener bono-transporte. Al residir mi mujer y mis hijas allí y yo pagar la hipoteca... ¿Tengo derecho a desgravarme el préstamo hipotecario?

1 Respuesta

Respuesta
1

En primer lugar deberías aclarar si estás empadronado en madrid, porque trabajas y resides ahí. En tal caso no se puede considerar tu vivienda habitual la de córdoba y no tienes derecho a deducirte por ella. La vivienda habitual es donde pernoctas 183 días al año.

El caso de tu mujer es otra cosa. Supongamos que comprasteis la vivienda en régimen de gananciales y por lo tanto a ella le corresponde el 50% de la titularidad de la vivienda y de la hipoteca. Por lo tanto se presupone que ella paga esa mitad (aunque la realidad pueda ser distinta) y mientras que los ingresos por bajos que sean superen su parte de hipoteca a pagar ella tiene derecho a deducirse su parte. Entiendo que en tu caso tu mujer puede deducirse el 50 % de las cantidades satisfechas por la hipoteca, tu otro 50% no.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas