Ingreso en cuenta abogado por parte del Juzgado/Fogasa

Mi pregunta es como seria el asiento contable de un ingreso en banco por parte del juzgado o fogasa en la cuenta bancaria del abogado y éste posteriormente le devuelve el dinero al cliente descontando los honorarios profesionales. Por ejemplo: un abogado le esta llevando un despido a su cliente, el juzgado o fogasa le ingresa al abogado 2000 euros que posteriormente el abogado le hace un cheque al cliente para que lo cobre y le resta los honorarios profesionales que seria de 200 euros. ¿Me podrían decir como tendría que hacer los asientos contables?

2 Respuestas

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Los 200 irían del Banco contra la factura en la cuenta del cliente y con el resto, como es un pago delegado en el que sólo actuas de intermediario y no interviene en tu cuenta de resultados, de Banco a Cliente cuando entra el dinero y de Cliente a Banco cuando ser paga el cheque, entradas y salida sin tocar otras cuentas. No sé si me he explicado bien. Guarda la documentación que respalda ese asiento de paso delegado por si tienes que justificado posteriormente

Los cobros por cuenta de terceros que hay que declarar en el 347 son los relativos a honorarios (colegios profesionales) o derechos de autor (SGAE) percibidos por entidades en nombre de sus miembros. En el resto de casos declarar las cantidades libradas por el juzgado a vuestros clientes lo más que podéis conseguir es un quebradero de cabeza con ellos.

Muchas gracias por su ayuda. Para estos casos, cual es limite para declarar en el 347?

Te copio literal lo que dice la normativa)

El límite se establece en 300,51 euros en el caso de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales, o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados.

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Además de lo comentado por el compañero, yo utilizaría una cuenta especifica para esto, pues el modelo 347 exige identificar los cobros por cuenta de terceros en determinados casos.

Además si presentas modelo 340, tendrás que incluirlos.

Muchas gracias por su ayuda. Para estos casos, cual es limite para declarar en el 347?

Los cobros por cuenta de terceros se declaran desde 300,51 €

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