Contabilizar indemnizaciones de terceros

En el despacho de abogados de tráfico que trabajo muchas veces los procuradores nos ingresan cantidades en nuestra cuenta bancaria que corresponden a indemnizaciones que luego tenemos que entregar a los clientes y de la cual además nos cobramos nuestra minuta. ¿Cómo se contabilizaría este ingreso de la indemnización que posteriormente se
devolverá al cliente? ¿Quizá una 561?

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Si, la opción que apuntas es una buena opción. Y como además imagino que todo quedará convenientemente documentado, no tienes por qué tener problemas.

Más que una pregunta, buscabas confirmación. Y ya la tienes.

Suerte.

¿Se puede utilizar esta cuenta aunque nuestras facturas nos las cobremos directamente de una parte de la indemnización?

¿En que se diferenciaría de utilizar una cuenta del grupo 55?

El grupo 5 son cuentas financieras. Un depósito recibido por cuenta de un cliente encaja perfectamente en este grupo, y su cuenta es la 561, como ya dijimos. Las cuentas del subgrupo 55 son cuentas de tenencia de dinero, pensadas para depósitos en efectivo, cuentas corrientes, cuentas de caja, cuentas con personas de la organización..., no es el mismo tema del que tu me comentas.

Tu recibes 10.000 euros en concepto de indemnización para tu cliente, y de ahí cobras una factura de 1.000. A la fecha de la recepción del dinero, harás este asiento:

10.000 (572) Banco a Indemnizaciones por cuenta de clientes (561/XX) 10.000

Y al pago de ese dinero a tu cliente, deduciendo tu factura, harás:

10.000 (561/XX) In. Por cta.clientes a Clientes (430/XX) 1.000

Banco (572) 9.000

Y es importante que guardes justificante de todo porque en caso de comprobación, debes justificar que el ingreso es por cuenta de un tercero, y no es un cobro que no facturas. Tú has recibido 10.000 euros, o corresponde al cobro de una factura o tendrás que justificar por qué recibes el dinero, y que no es una mangarrufa para no pagar IVA. Porque por desgracia y como ya sabrás, cuando hablamos de impuestos la carga de la prueba te corresponde a ti y no a la Agencia Tributaria. Si no son ingresos propios, demuestra tú que es lo que son.

Yo lo que he hecho es lo siguiente, con tu ejemplo:

Cobro indemnización para cliente:

10000 (572) a (561) 10000

Factura de nuestro honorarios al cliente:

1000 (430) a (705) 826,44

a (477) 173,56

Cobro factura:

1000 (561) a (572) 1000

Devolución indemnización:

9000 (561) a (572) 9000

¿Sería correcto?

No es correcta el último asiento. Es 561 a 430, que lo que tienes que cancelar es la cuenta del cliente, no la del banco!

Perdón, me confundí, quería decir:

Por el cobro de nuestra factura:

1000 (561) a (430) 1000

Devolución indemnización:

9000 (561) a (572)

¿Así podría ser?

SI, así es. Ya lo tienes claro

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