¿Quien y cómo se decide que una obra es de urgencia en una finca urbana?

He recibido una carta del administrador y otra del Presidente donde me notifican que debo dejar entrar en mi vivienda, un ático con terraza, para colgar unas bambas y reparar cinco de los siete balcones de la finca. Dicen que es una obra considerada urgente y por eso no hay acta de Junta de vecinos. Acabo de arregla la terraza y no quiero que se dañe con las obras. ¿Qué puedo hacer para que se realice la obra con andamios en vez de bambas? ¿Quién y cómo se decide que una obra es de urgencia en una finca urbana? ¿Es sólo el Presidente y el Administrador quién elige el presupuesto adecuado en caso de considerar que es obra de urgencia?

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Respuesta

Lo primero es que le tienen que dejar todo como estaba, no deben causarle ningún perjuicio. Por otro lado la urgencia la determina la razón. Preguntele al presidente cual es el problema y si la única manera económica es hacerlo desde su vivienda.

Y si es de urgencia no hace falta reunión, pero luego debe darse cuenta de esta en reunión siendo responsable el presidente.

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