Juicio por apropiacion indebida como denunciante

Hace cosa de dos meses perdí una tablet (valor de 395€) y una libreta. Tras 6 dias de busqueda por todos los lados recorde que el último sitio donde la use fué en un cajero interios de una entidad, de los que estan en una abitación cerrada pero dan a la calle. Presente una denuncia en la guardia civil, por perdida pero indicando el lugar donde la deje y que en el banco ya habia preguntado y nadie la habia devuelto, y evidentemente no me podian facilitar las imagenes de la grabación.

Tras varias semanas la Guardia Civil me la recupero. Evidentemente otra persona entro despues y se la llevo. Desde que yo la pierdo hasta que la recupero pasaron 23 dias (la tablet y la libreta). La guardia civil pidio las grabaciones y el director de la entidad lo reconocio, ademas hizo movimientos en el cajero antes de llevarsela. Le llamaron para que la llevara al cuartel y la llevo.

Me ha llegado la carta del juzgado con la fecha del juicio y tal, y esta semana el abogado de la otra persona ha contactado con migo diciendome que estas cosas suelen arreglarlas las partes, que su intencion era debolverla pero tuvo a su hija ingresada o no se que milonga. Creo que es para dar pena, pero tampoco me revelo unas claras intenciones de nada en cuestion, ya sea negociar, o tantear que iba a hacer yo.

Para poner en situación:

- Soy autonomo y la tablet es una herramienta de trabajo mia, con datos tanto personales como de mi empresa e incluso de mis clientes y tienda online.

- Me la deje encendida con lo que si quiso, pudo ver todos mis datos, fotos personales etc. Cosa que me cabrea aun mas ya que tengo entendido que es del pueblo incluso del barrio.

- La tablet me la devolvieron formateada, cosa que no puedo demostrar, pero he pedido y poseo un informe con los movimientos (historial de internet etc.) que se realizaron lon la tablet mientras la tenia la persona en cuestion.

- Evidentemente la tablet no tenia contraseña, hecho que puede verificar la guardia Civil, ya que la entrego encendida y con bateria cuando la llevo al cuartel.

En mis programas de mail y facebook estan sus correos como que se logueo y todo. Vamos, que la uso.

Mis dudas:

- ¿Qué se supone que quiere el abogado? ¿Pagarme para que retire la denuncia? ¿Cuánto deberia ser?

- ¿Puedo reclamar Daños y perjuicios de algun tipo?

- ¿Qué condena le pueden meter si decido ir a Juicio? ¿Tendria qué llevar un abogado yo? Y de ser asi, ¿Podria reclamar que lo pagara el?

Gracias de antemano, por suerte no me he visto nunca involucrado en nada parecido y ando perdidisimo.

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Yo no veo la apropiación indebida sino una falta de hurto, en principio. Si bien esos particulares debe ser el juzgado quien califique el hecho como un tipo u otro.

La intención del abogado es clara: evitar una mas que factible condena para su cliente puesto que hay pruebas que le incriminan como autor e intervino la guardia civil. La negociación es un juego de oferta y demanda. Usted es quien tiene que valorar el perjuicio que le han causado y contrastarlo con la oferta que le hagan.

Lo mas normal es que le hayan ofrecido acciones legales civiles y penales y que usted puede usar los servicios de un abogado si bien también el fiscal podría ejercitar la acción de reclamar en su nombre como perjudicado. En ese ofrecimiento de acciones usted podrá reclamar los daños ya perjuicios que le hayan podido causar. Son de todo tipo, sobre todo económicos pero también de intromisión en su intimidad por ese uso ilegitimo que han hecho de ese artículo.

La condena es difícil saberla de antemano y dependerá de la calificación del hecho por el juzgado.

El tema de llevar o no abogado es usted quien tiene que decidirlo. Como le he dicho antes, el fiscal podría ejercitar la acusación en su nombre si bien se va a limitar a defender el interés público que su interés particular.

Respecto al tema de reclamar los costes de su defensa, todo depende, Nuevamente, de la calificación del hecho. Si se trata de una falta no se podría reclamar porque no es preceptivo el estar representado por abogado. Si se tratase de un delito si cabria solicitar la condena en costas pero, siempre, será el juez quien lo decida.

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