¿Debo hacerme cargo de derramas por defectos anteriores a la compra del piso?

Hace unos 6 meses compré un piso, el cual tiene en muy mal estado los balcones (pusieron unas redes porque se caían los rebozados). En su momento ya di por sentado que me tocaría pagar derramas, pero ahora me comenta un conocido que las reparaciones anteriores a mi compra deberían haberlas hecho en su momento, con lo cual yo no debería asumir esos gastos que tiene la comunidad por no haber querido gastar en su debido momento. ¿Qué me podéis decir al respecto?

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Respuesta

Usted debe hacerse cargo de lo exigible desde el día que ha hecho la compra. Es decir que si usted compra el día 1 del mes 1 del año 1 la vivienda y el día 2 del mes 1 del año 1, se aprueba una derrama para pagar un arreglo de algo anterior usted debe hacerse cargo.

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