Tipo Impoistivo de I.V.A. Para articulos de Mobiliario e Informatica de Segunda Mano .

Estoy interesado en comprarle a una empresa, artículos de segunda mano de mobiliario e informática, ¿este tipo de operación llevaría I.V.A.?.

A su vez tengo compradores de estos mismos artículos, ¿también debería de tener I.V.A.?, Si alguien me lo pudiese aclarar.

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Respuesta

Si usted realiza como actividad económica la compra venta de artículos de segunda mano, debería darse de alta en el régimen especial de bienes usados en Hacienda y posiblemente en la seguridad social.

Cuando una empresa vende artículos de su inventario o inmovilizado, lo vende con IVA, por lo tanto le emitirá una factura.

Si usted esta acogido al régimen de bienes usados, dependerá a quien venda, como lo declare, pero habitualmente se ha de declarar IVA.

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