Estructura de la norma jurídica

Hola, disculpe que me extienda...
Según me dan en clases, la norma jurídica tiene una estructura lógica siguiente:
Supuesto de hecho: condición o condiciones que establece la norma y de las cuales dependerán los efectos jurídicos.
Consecuencia Jurídica: Efectos jurídicos que se producen una vez cumplidas las condiciones.
Además me hablan acerca de unos tipos de preceptos de la norma jurídica, estos son:
Impositivos: son aquellas que atribuyen un derecho e imponen un deber.
Estrucurales: son aquellas que determinan la estructura de un órgano.
Doctrinales: son aquellas que definen conceptos, o aclaran algo.
Entonces de esto concluyo (corríjame sino es así) que no todas las normas tienen supuestos, o consecuencias.
Le agradezco que me ayuda a identificar los supuestos de hecho, y efectos de la norma de una manera más sencilla, pues en artículos como el siguiente, me confundo.
Artículo 630 (del código civil venezolano) Los derechos de uso y habitación no se pueden ceder ni arrendar.
Artículo 883 La legítima es una cuota de la herencia que se debe en plena propiedad a los descendientes, a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente que no esté separado legalmente de bienes, con arreglo a los artículos siguientes.
Artículo 822 Al padre, a la madre y a todo ascendiente suceden sus hijos o descendientes cuya filiación esté legalmente comprobada.
Artículo 1.259 El acreedor puede pedir al deudor que esté constituido en mora, la ejecución de la obligación principal, en lugar de la pena estipulada.
Muy amable.

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En efecto, no todos los artículos lo tienen y es que son parte de un supuesto. Me refiero a que muchas veces un sólo artículo NO cubre todo el supuesto, sino que se requiere auxiliar de otro artículo que le pueda apoyar para que se integren supuesto y consecuencia.
En el artículo 630 se encuentra un supuesto, pero la consecuencia no la hay dentro de ese artículo, sino en otro que establezca la sanción posible. Por sí solo, no funciona.
Lo mismo ocurre en los artículos siguientes que usted me plantea.
Recuerde que la norma jurídica no sólo se refiere a un artículo. Debe entenderse la norma como un todo, no como sólo un artículo de una ley.
Cualquier pregunta adicional o alguna duda, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.

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