Aparcamiento en era (servidumbre de paso)

Se puede estacionar vehículos en una Era que sirve de servidumbre de paso a varias casas dificultando la entrada y la salida de estas.

Existe jurisprudencia sobre esto o esta legislado en algún lado.

Se trata de una Era sin salida donde termina un camino privado.

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Respuesta

La regulación de las servidumbres la tiene en el Código Civil. Si la era es el unico acceso a las fincas y al aparcar se impide el paso a estas, entendiendo no se debe aparcar. Si la era es suficientemente amplia como para que al aparcar, no se impida el paso, no veo porque no se pueda hacer.

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