Servidumbre finca rustica

Desde hace más de 30 años ha existido una servidumbre de paso atravesando una finca que anteriormente era del ayuntamiento. La servidumbre no consta en ninguna escritura porque los terrenos eran del ayuntamiento.
Unos vecinos del pueblo han adquirido la finca al ayuntamiento e impiden el acceso a unas fincas alegando que como son dueños nadie tiene derecho a pasar por su finca e impiden el acceso colocando su vehículo atravesado en la entrada al camino y exigen que se acceda a las fincas por otra zona. Entrar a la finca por otro sitio supone perjuicio para el que consulta ya que el acceso es más lejano y no hay camino marcado.
Las rodadas del camino son visibles y el resto de los vecinos del pueblo conocen la existencia del mismo.
¿Es cierto que pueden impedir el acceso?
¿Qué se puede hacer si siguen impidiendo el acceso y amenazando con denunciar?

1 respuesta

Respuesta
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En tu caso puedes considerar adquirida la servidumbre por prescripción (basta 20 años) o por signo aparente (La existencia de un signo aparente de servidumbre entre dos fincas, establecido por el propietario de ambas, se considerará, si se enajenare una, como titulo para que la servidumbre continúe activa y pasivamente, a no ser que, al tiempo de separarse la propiedad de las dos fincas, se exprese lo contrario en el titulo de enajenación de cualquiera de ellas, o se haga desaparecer aquel signo antes del otorgamiento de la escritura), si el propietario se niega a concederte paso puedes plantearte la reclamación judicial para su establecimiento
En mi blog hay un par de artículos sobre la servidumbre que a lo mejor te ayuden algo: http://respuestasenderecho.blogspot.com
A que te refieres con plantear la reclamación judicial para su establecimiento
¿Le denuncio en el Juzgado?
¿Le denuncio a la guardia civil?

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