Tengo un pozo en un lide

Tengo un pozo en el linde con otra parcela y aunque lo tengo registrado a mi nombre y el pozo esta construido desde hace 20 años, ahora llega un vecino nuevo y me reclama la mitad del pozo, ¿se lo tengo que dar a pesar de estar registrado en la Comisión Hidrográfica del Tajo a nuestro nombre?

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¿Qué procedimiento ha utilizado para hacerte la reclamación que refieres?. Si es oral, directamente no le prestes atención y si es escrita ¿qué normativa cita para comunicarte sus pretensiones?.
El art. 184.1.a) del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, establece que " A falta de definición en el Plan Hidrológico, la distancia entre los nuevos pozos y los existentes o manantiales no podrá ser inferior a 100 metros sin el permiso del titular del aprovechamiento preexistente legalizado", lo que me induce a pensar que el nuevo propietario sabe que nunca obtendrá una licencia con la normativa existen para la perforación de un pozo con el requisito predicado de 100 metros de distancia, porque sino podría llegar a desecar el tuyo realizando una perforación superior a la capa freática y por una simple regla de vasos comunicantes, por presión, el acuífero tuyo desaparecería progresivamente.
Como tu, evidentemente no le vas a dar ese permiso para llevar a cabo sus intenciones, intenta amedrentarte para ver si lo consigue.
Dale la callada por respuesta y deja que sea él quien lleve a cabo cualquier acción legal para conseguir su propósito, pero de compartir obligatoriamente, la respuesta es sencillamente, no.
Efectivamente la reclamación ha sido oral, pero el pozo realmente está en medio de la linde de las dos parcelas, aunque las parcelas son de 2.500 m. y supongo que si quisiera tiene terreno suficiente para hacer otro pozo, pero claro el mio ya esta hecho y funcionando y mi duda es si a pesar de estar registrado a nuestro nombre en algún momento un juez podría determinar que como esta en el linde la mitad es suyo.
Muchas gracias.
Si el pozo Está en el linde de las dos fincas, en ese caso nos iremos al titulo constituvo, es decir, a la escritura o documento del aprovechamiento acuífero preexiste legalizado. Si como señalas, en tu caso está registrado, allí dirá para qué finca concreta se otorga la misma, desechándose cualquier otra posible inclusión, salvo que tu consientas expresamente en ello, y por lo que deduzco, no vas a otorgar dicho cosentimiento.
Si no hay más cuestiones, te ruego cerrar la pregunta y valoración.

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