Embargo piso por multas aparcamiento, ¿Es posible?

Me han enviado del ayuntamiento una información de embargo de bienes inmuebles en el que me avisan de que si en el plazo de 10 días no hago efectivo el pago de unos 700 euros por deudas a la hacienda municipal ( por el impago de 4 multas de estacionamiento) "procederán al embargo de bienes y derechos cconocidos por la administración, remitiendo al registrador de la propiedad mandamiento de embargo del inmueble de su titularidad".
¿Pueden llegar a embargar un piso por este motivo?

2 respuestas

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Sí, pueden ser embargables cualquiera de los bienes, tanto muebles como inmuebles, de titularidad del deudor(cuentas bancarias, rentas, nómina, vehículos, maquinaria, propiedades inmuebles y terrenos, etc), pero lo normal es comenzar por los bienes muebles, dado que los inmuebles por esa cantidad raramente serían subastados, pero una nota de embargo en el Registro de la Propiedad, conlleva que no se puede vender el inmueble sin antes saldar la deuda.
Espero haberte aclarado el tema, si no es así no dudes en volver a consultarme, un saludo y no olvides valorar y cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema
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Poder si puede, siempre que no tengas otros bienes ni nómina que embargar
¿Sacarían a subasta el piso?, ¿Qué implicaría ese embargo?
El embargo podría llevar hasta la subasta del piso para pagar la deuda, entregándote la cantidad que sobrara de pagar esa deuda
¿Por 700 euros podrían embargar un piso de 200.000?
Con la ley en la mano si, se subastaría, y del precio el ayuntamiento cobraría su crédito y el sobrante lo entregarían al propietario embargado

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