Embargo por subasta

¿Decir qué yo tengo o tenia un piso comprado con mi expareja de forma solidaria ahora nos van a embargar yo cobro 1509 e y el no se con seguridad pero sobre unos 800e por lo que me han dicho que el prácticamente estaría exento me gustaría saber que cantidad me embargarían? Y si a el no le embargan y yo ser responsable solidaria yo pagarlo todo y si a el le embargan una parte evidentemente nunca nos embargaran lo mismo por lo que mi duda es si cada uno pagara una parte es decir el 50% o en este caso yo pagare mi parte y el la suya hasta que se complete la deuda pero no al 50% no se si m habrás entendido perdona pero es que es algo complejo y otra pregunta es si este embargo se puede quitar con dinero en efectivo y si se mantiene durante los años o sube gracias y perdona si no entiendes algo

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En principio el embargo de la vivienda en le ejecución hipotecaria culmara con la subasta de la vivienda embargada o la adjudicación en concepto de pago al acreedor. En caso de que con la subasta no se generase suficiente importe para hacer frente al total de la deuda el acreedor les reclamara vía jurisdicción ordinario el resto de la deuda solicitando el embargo del resto de bienes que poseyen (coches, otras viviendas, parte del salario, etc) hasta saldar el total de la deuda. Evidentemente, ustedes responden de la deuda solidaramente, es decir los dos por el total de la misma no cada uno al 50 por ciento por lo que para cobrar la deuda embargarán el máximo de bienes posibles de ustedes con independencia de la titularidad.
En caso ed que no tengan otros bienes procederán a embargarles el salario en los máximos permitidos por la Ley en cuyo caso al tener usted mayores ingresos le embargan mayor cantidad que a su expareja.
Es decir ambos responderán por el total de la deuda hasta que esta quede totalmente saldada con independencia de que porcentaje de la misma paguen cada uno. Evidentemente, se puede pagar en metálico y mientras no se pague la deuda esta se incrementará al devengar intereses.
Si desea alguna aclaración no dude en preguntar
¿Decirte qué muchas gracias que me estas aclarando muchas cosa me queda una pequeña duda y es que si con el pasode los años por lo que sea yo tengo el dinero y quiero quitar el embrago tendré que quitar la parte total? Y lo que me dices que sube respecto al sueldo a que te refieres lo que nos suben anualmente en la nomina. Muchas gracias.
Tengo otras dudas pero sobre otro tema mi novio tiene una casa a medias con su ex y han terminado y ella a decidido no hacerse cargo de nada entonces el se va a hacer cargo de todo el préstamo pero quiere que le firme un contrato en el que ponga el precio y algunas clausulas porque ella a decidido marcharse a madrid y no responsabilizarse de nada no solo eso sino que no permite que el haga uso del piso ni lo alquile ni nada, en el banco le han dicho que consulte lo de darle y su parte y coger el poder notarial de ella sobre el piso pero no sabe con certeza si eso se puede hacer. Total que el no ve otra solución que pagar pa que no lo embarguen porque el banco al hipotecar hipoteco por el precio de la vivienda que tenia el promotor y ellos lo compraron de pase por lo que el préstamo es muy superior y no se lo pueden dar. También le han dicho que cunado no pueda más pague su parte solo de buena fe. Podrías decirme algo sobre el tema.
Gracias
A ver si queda claro mientras la deuda no este saldada en su totalidad el banco reclamará conjuntamentente el pago a ambos hasta que se pague con independencia de en que porcentajes realicen dicho pago.
Lo que indicaba respecto al posible embargo del salarario me refería a que por Ley se no se puede embargar la totalidad del salario (sólo con lo límites que se fijan para garantizar la subsitencia del embargado) por lo que el que tenga el salario más elevado normalmente verá más parte de salario embargada.
Respecto al otro piso le informo que cualquier acuerdo entre los deudores no exime de obligación a los mismos frente al acreedor salvo que este expresamente los libere de sus obligaciones. Es decir, pacten lo que pacten no afecta a su responsabilidad frente a la deuda si bien si su ex le otorga poder notarial para la venta de la vivienda puede intentar vende la misma y saldar la deuda para evitar el embargo. Sin embargo, mientras la deuda no este saldada ambos responderán de la misma. El hecho de que el pague la mitad de la deuda puede negociar con el banco la liberación de su responsabilidad para que reclamen el resto al otro deudor pero la entidad legalmente puede reclamar a ambos conjuntamente o, indistintamente el pago del total de la deuda.

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