Caso omiso a alegaciones y a recurso de reposición

Según un agente de la policía local realicé un estacionamiento en un paso para peatones. El 28/05/2008 se emitió la multa y recibí notificación el 16/06/2008. Presenté alegaciones dentro del plazo de 15 días hábiles el 07/07/2008 indicando que realicé una parada en una zona habilitada para ello, adjuntando fotografías y mostrando que el coche estaba claramente alejado de la zona de paso para viandantes. No recibí respuesta a dichos escrito de alegaciones.
Pasado un tiempo se emite notificación de apremio el día 17/02/2009. Ante mi sorpresa presento recurso de reposición al ayuntamiento dentro del plazo de un mes el día 14/03/2009 indicando que no había aún resolución que agotase la vía administrativa y que, por tanto, la sanción no era firme y no se podía proceder todavía al embargo. A fecha de hoy aún no he recibido respuesta al recurso de reposición.
Y resulta que hace poco, el día 31/08/2009 recibo de mi caja la información de que mi cuenta está embargada y que me retienen la cantidad de POR euros que se hará efectiva en el plazo de 20 días. Y efectivamente así ha sido, me embargaron la cuenta y se "cobraron" la multa.
Resulta que contacto con el organismo de gestión tributaria y me dicen que a ellos les ha llegado la orden de efectuar embargo y que no les aparece que yo haya presentado recurso alguno. Me dicen que hable con gestión de multas del ayuntamiento, así lo hago y por fin me dicen que a ellos sí les aparece que yo presenté el recurso y que intentarán agilizar el tema y hablarán directamente con los servicios jurídicos del ayuntamiento.
Querría saber si puedo presentar un algún recurso más para reclamar la cantidad de dinero embargado, y si para ello puedo esgrimir que la multa ya ha prescrito debido al largo tiempo que ya ha transcurrido hasta el momento actual sin recibir aún ninguna respuesta o resolución a los escritos formulados.

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Si no recibieras una respuesta y/o propuesta de devolución del embargo en un plazo de 15 días, la única vía que te queda es la de acudir a los Tribunales de lo Contencioso Administrativo para reclamar el embargo y el archivo del expediente por instrucción improcedente, así como la reclamación de costas(80-¿90?) Y perjuicios ocasionados(Abogado y Procurador).
Espero haberte aclarado un poco el tema, sino no dudes en consultarme de nuevo, un saludo y no olvides valorar la respuesta para poder cerrarla,
Tcema
Gracias por tu respuesta, ¿me podrías decir cuánto me puede costar el procedimiento para reclamar el embargo? También querría saber si no existe algún otro modo de recurrir el embargo que no sea mediante el contencioso. Respecto a ésto me han informado que debería preguntar al organismo que me embargó y solicitar un impreso de reclamaciones adjuntando los documentos probatorios del fallo administrativo o cómo tú has mencionado instrucción improcedente.
Una sola cosa más, leyendo alguna pregunta realizada en esta web he visto que existe algo llamado recurso de extraordinario de revisión y me gustaría saber cómo funciona.
¿El coste del proceso Contencioso Administrativo es de 80 ó 90? De tasas más Abogado y Procurador, que recuperarás tras ganarlo, así como la devolución del embargo y los perjuicios acusados(días de trabajo perdido, etc) y el consiguiete tirón de orejas que les dará el Juez.
Para el recurso extraordinario lee esta página:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t7.html
Gracias de nuevo, parece que la vía del contencioso es la más lógica. ¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?.
Dado que no se ha seguido un procedimiento correcto por parte de la Administración, no se te pueden exigir plazos, pero convendría que lo hicieras antes de los 30 días después de la notificación de embargo.
De todas maneras intenta averiguar la postura del Ayuntamiento, dado que si están en disposición de anular el expediente, no merece la pena meterte en pleito alguno.

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