Robo de coche en taller

Bueno pues hoy he hablado con mi seguro y dicen que ellos no van a entrar a solicitar perjuicios porque el coche no había sido tasado por un perito de la propia aseguradora, la solución que me han dado es que envíe un escrito de reclamación a la aseguradora del taller solicitanto el valor de afección del vehículo como perjuicio derivado del incumplimieto de la obligación de custodia del concesionario... Pero, ¿cuál es el valor de afección?, he leído por Internet que suele ser un 30% del valor venal ¿es así?... Los valores de mercado están prefijados como los venales ¿?... Y lo que más me ha sorprendió..¿con un escrito por fax es suficiente para solicitar los perjuicios por el robo?... La verdad es que estoy perplejo ante la cantidad de llamadas que he de realizar para intentar que me solvente un problema que me han causado y sobre el que no tengo responsabilidad alguna... Me roban el coche en el taller porque se dejan las llaves puestas y resulta que tengo en contra al taller, a su seguro y a mí seguro que, sí no llega a ser por su respuesta de ayer en esta web ni me entero de lo del escrito...

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Me sorprende que tu compañía de seguros se limite a decirte lo que debes hacer y no sea ella la que proceda con la reclamación, al fin y al cabo la cláusula de robo les afecta a ellos directamente(mi consejo es que les des puerta cuando termines con esto).
El valor venal las aseguradoras lo establecen con unas tablas que publica la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, conocido como "GANVAM".
En cuanto al Plus que tu comentas sobre el valor venal, no hay una cantidad fija, y dicho plus lo han venido estabeciendo los jueces en sus sentencias, es el llamado "valor de afección", que en algunos caso llega al 50% del valor venal, y éste difiere de unas provincias a otras, de acuerdo con la jurisprudencia denominada menor de las Audiencias Provinciales.
Por último, te diré que estás en tu derecho de pedir el Plus (valor de afección) sobre el valor venal del vehículo, para ello tendrás que enterarte de que plus están otorgando los jueces en tu provincia. Consulta a un agente o corredor, o abogado, sobre esta cuestión, y no te olvides de que tienes una garantía de "defensa jurídica" de la que puedes hacer uso.
El burofax, es la manera más adecuada para que quede constancia fehaciente de que se ha notificado a la compañía contraria la reclamación, es un fax enviado a través de cualquier oficina de correos, que certifica su envío y tiene caráter de prueba en instancias judiciales. Envíalo al taller, pues son los responsables directos de que ocurriera el hurto de uso del vehículo y por ende a su compañía de seguros como responsable subsidiaria.
Si durante el tiempo de resolución de la reclamación necesitases un vehículo, también puedes reclamar su alquiler(consulta estos extremos y el valor de afección con un abogado, ya que por lo que veo tendrás que ir a juicio).
Espero haberte ayudado en lo posible, un saludo y no olvides valorar la respuesta.
Txema

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